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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251827
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 206
SENTENCIA DEFINITIVA PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO. SOBRESEIMIENTO TOTAL.
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 206
Si la resolución reclamada decretó el sobreseimiento del juicio fiscal, en su totalidad, sin haber declarado la nulidad o validez de la resolución impugnada, a través del estudio de la acción de nulidad y de las excepciones hechas valer en el juicio, dicha resolución no es una sentencia definitiva para los efectos del amparo, y el juicio de amparo que contra ella se interponga debe ser tramitado como amparo indirecto, en el que se dispone la dilación probatoria para los casos en que es necesaria para combatir el sobreseimiento reclamado, por lo que de su primera instancia debe conocer un Juez de Distrito, todo lo cual se apoya en los artículos 44, 45, 46 y 144, fracción IV, de la Ley de Amparo.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volumen 36, página 63. Amparo directo DA-113/70. Martha R. de González Zorrilla. 6 de diciembre de 1971. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.
Volúmenes 127-132, página 192. Amparo en revisión 771/72. Compañía Minera "Las Cuevas", S.A. 5 de marzo de 1973. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volúmenes 127-132, página 192. Amparo directo 71/75. Fernando A. Villalobos. 24 de julio de 1975. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volúmenes 127-132, página 192. Amparo directo 87/78. Gas Natural de Juárez, S.A. 10 de agosto de 1978. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volúmenes 127-132, página 159. Amparo directo 117/79. Cirilo Ortiz Acordagoitia. 25 de julio de 1979. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Nota: La presente tesis no fue reiterada como vigente, según los acuerdos a que llegó la Comisión Coordinadora encargada de los trabajos para la publicación del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, 1917-1995.