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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251890
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 121-126, Sexta Parte; Pág. 60

COSTAS. EL JUEZ TIENE ATRIBUCIONES PARA DECIDIR SI SE COMPROBO LEGALMENTE LA PRETENSION DEL INCIDENTISTA, AUNQUE EL CONDENADO DESAHOGUE DEFICIENTEMENTE LA VISTA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 121-126, Sexta Parte; Pág. 60

Precedentes

Amparo en revisión 107/77. Ninfa Santos Mora. 7 de febrero de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: María de Lourdes Delgado Granados. Secretaria: María de Lourdes Delgado Granados.
Registro digital (IUS): 251890