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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251911
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 121-126, Sexta Parte; Pág. 79

FAMILIA, COMPETENCIA DEL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN MATERIA CIVIL CUANDO NO SE AFECTA EL ORDEN Y ESTABILIDAD DE LA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 121-126, Sexta Parte; Pág. 79

Precedentes

Amparo directo 33/78. Humberto Garcés Castro. 23 de enero de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Clara Eugenia Avila Urbano. Nota: En el Informe de 1979, la tesis aparece bajo el rubro "COMPETENCIA DEL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN MATERIA CIVIL, CUANDO NO SE AFECTA EL ORDEN Y ESTABILIDAD DE LA FAMILIA.".
Registro digital (IUS): 251911