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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251923
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 121-126, Sexta Parte; Pág. 87

FUNDAMENTACION Y MOTIVACION, GARANTIA DE. LA AUTORIDAD AL EMITIR EL ACTO DEBE PRECISAR EL NUMERAL EN QUE FUNDAMENTE SUS FACULTADES Y LAS FRACCIONES E INCISOS DE TAL NUMERAL.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 121-126, Sexta Parte; Pág. 87

Precedentes

Amparo directo 7/79. Alberto Manuel Mena Palacios. 21 de junio de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Renato Sales Gasque. Secretario: Guadalupe Cueto Martínez. Nota: En el Informe de 1979, la tesis aparece bajo el rubro "FUNDAMENTACION Y MOTIVACION DEL ACTO. GARANTIA DE. ES PRECISO QUE LA AUTORIDAD AL EMITIR EL ACTO PRECISE EL NUMERAL EN QUE FUNDAMENTE SUS FACULTADES Y LAS FRACCIONES E INCISOS DE TAL NUMERAL.".
Registro digital (IUS): 251923