Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/251952
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251952
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 121-126, Sexta Parte; Pág. 111

JURISDICCION VOLUNTARIA. EXCEPCION AL PRINCIPIO DE QUE CUANDO HAYA OPOSICION DE PARTE INTERESADA, SE VUELVE CONTENCIOSA. ARRENDAMIENTO (LEGISLACION DEL ESTADO DE TLAXCALA).

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 121-126, Sexta Parte; Pág. 111

Precedentes

Amparo en revisión 123/79. María Antonia Manzano. 9 de febrero de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Gómez Mercado. Nota: En el Informe de 1979, la tesis aparece bajo el rubro "JURISDICCION VOLUNTARIA. EXCEPCION AL PRINCIPIO DE QUE CUANDO HAYA OPOSICION DE PARTE INTERESADA, SE VUELVE CONTENCIOSA. (LEGISLACION DEL ESTADO DE TLAXCALA).".
Registro digital (IUS): 251952