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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251969
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 121-126, Sexta Parte; Pág. 128

MINISTERIO PUBLICO FEDERAL, REVISION EN AMPARO INTERPUESTO POR EL, COMO PARTE EN EL JUICIO. NO ESTA LEGITIMADO PARA INTERPONER EL RECURSO ADUCIENDO VIOLACIONES COMETIDAS EN AGRAVIO DEL QUEJOSO, DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE O DEL TERCERO PERJUDICADO, CUANDO LO HAY.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 121-126, Sexta Parte; Pág. 128

Precedentes

Amparo en revisión 3/79. Rodolfo Fernández Flores. La publicación no menciona la fecha de resolución del asunto. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Manuel Franco.
Registro digital (IUS): 251969