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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251971
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 121-126, Sexta Parte; Pág. 137
NEGATIVA FICTA, INTEGRACION DE LITIS EN LA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 121-126, Sexta Parte; Pág. 137
La litis se integra con la demanda respectiva, con los hechos y fundamentos de derecho que se den en la contestación y con lo expuesto en la ampliación de la demanda, por lo que nada tiene que ver lo que se hubiere expresado o dejado de expresar en la instancia o petición que motive la negativa ficta.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 793/78. Benjamín Gutiérrez Ramírez. 5 de marzo de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Liévana Palma.