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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251984
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 121-126, Sexta Parte; Pág. 151
PERSONA MORAL, APODERADO DE LA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 121-126, Sexta Parte; Pág. 151
La circunstancia de que no se haya solicitado permiso a la Secretaría de Relaciones Exteriores para celebrar una asamblea extraordinaria, no desvirtúa el hecho real consignado en el acta de dicha asamblea, consistente en que la mayoría de los socios de la empresa quejosa nombró un administrador único, con cargo de apoderado general en términos del clausulado del acta constitutiva de la empresa quejosa y, por lo mismo, pudo promover válidamente el juicio de garantías.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 178/79. Super Diesel de Campeche, S.A. 23 de mayo de 1979. La publicación no menciona la fecha de resolución. Ponente: Martín Borrego Martínez.