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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251997
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 121-126, Sexta Parte; Pág. 157
POSESION Y PROPIEDAD. INTERES JURIDICO PARA EL AMPARO. DONACIONES.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 121-126, Sexta Parte; Pág. 157
Si un particular no podría, por si y ante sí, tomar la posesión de un terreno que le ha sido donado, sino que para ello tendría que promover un juicio y vencer al propietario o al poseedor, en su caso, es claro que si las autoridades alegan que un terreno les fue donado, y pretenden tomar posesión de él por si y ante sí, tanto el propietario como el poseedor, sean o no la misma persona, pueden promover el juicio de amparo para que no se les viole el derecho que les otorga el artículo 14 constitucional, para no ser privados de sus derechos sin previa audiencia, o sin haber sido oídos y vencidos en juicio.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 737/78. Sociedad Civil Villa Lázaro Cárdenas y otra. 18 de abril de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.