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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
252007
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 125

PRUEBA TESTIMONIAL EN EL AMPARO. OMISION TOTAL O PARCIAL DE LAS COPIAS DE LOS INTERROGATORIOS.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 125

Precedentes

Queja 133/79. Ernesto Flores Maldonado. 23 de agosto de 1979. Mayoría de votos. Disidente: Guillermo Baltazar Albear. La publicación no menciona el nombre del ponente. Séptima Epoca, Sexta Parte: Volúmenes 121-126, página 165. Queja 37/78. Rodolfo Millán Vargas. 22 de marzo de 1979. Mayoría de votos. Disidente: Guillermo Baltazar Alvear. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 121-126, página 268. Queja 5/78. Emilio Guerra Guerra. 13 de diciembre de 1978. Mayoría de votos. Disidente: Guillermo Baltazar Alvear. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 27/93 resuelta por el Tribunal Pleno, de la que derivó la tesis P./J. 12/95, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo II, agosto de 1995, página 9, con el rubro: "PRUEBA TESTIMONIAL EN EL JUICIO DE AMPARO. LA FALTA DE EXHIBICION DE LAS COPIAS DEL INTERROGATORIO AL MOMENTO DE ANUNCIARLA NO DA LUGAR A SU DESECHAMIENTO SINO A QUE SE REQUIERA AL ANUNCIANTE."
Registro digital (IUS): 252007