Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/252017
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252017
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 121-126, Sexta Parte; Pág. 176
REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD. CASO DE AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA LA INSCRIPCION REGISTRAL DE UN TERCERO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 121-126, Sexta Parte; Pág. 176
El quejoso carece de interés jurídico para impugnar la inscripción de un bien a favor de un tercero, si no solicitó previamente el registro de su propio título, pues aun cuando la agraviada haga valer éste, cuya eficacia no está a discusión y es ajena al amparo, ello no implica una situación legalmente tutelada que pudiera conducir de manera directa a la vía constitucional, pretendiéndose la anulación de la inscripción registrar de un tercero, sin el debido proceso legal ordinario.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 1012/78. Teresa Estrada de García. 28 de febrero de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Gómez Díaz. Secretario: Raúl Ortiz Estrada.