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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252020
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 121-126, Sexta Parte; Pág. 178
REPARTO DE UTILIDADES ADICIONAL ORDENADO POR LA AUTORIDAD HACENDARIA, PROCEDENCIA DEL AMPARO EN CONTRA DEL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 121-126, Sexta Parte; Pág. 178
La quejosa no tenía que ocurrir en demanda de nulidad ante el Tribunal Fiscal de la Federación, previamente al juicio de garantías, porque la resolución reclamada, si bien es de índole fiscal en tanto que modifica la utilidad gravable declarada, también presenta implicaciones de naturaleza laboral, ya que establece la obligación de realizar un reparto adicional de utilidades a los trabajadores; pues mediante aquel juicio, la agraviada estaría en aptitud de obtener la suspensión, únicamente de los efectos fiscales de la resolución reclamada, pero no de las consecuencias de índole laboral que determina la propia resolución, toda vez que no existe precepto legal alguno que prevea la posibilidad de suspender, a través de procedimientos fiscales ordinarios, situaciones de naturaleza laboral.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 645/78. Cementos de Chihuahua, S.A. 1o. de febrero de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Gómez Díaz. Secretario: Juan Solórzano Zavala.
Nota: En el Informe de 1979, la tesis aparece bajo el rubro "REPARTO ADICIONAL DE UTILIDADES ORDENADO POR AL AUTORIDAD HACENDARIA. PROCEDENCIA DEL AMPARO EN CONTRA DEL.".