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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
252058
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 121-126, Sexta Parte; Pág. 220

SUSPENSION, PRUEBAS A RENDIRSE EN EL INCIDENTE DE. NO REQUIEREN PREVIO ANUNCIO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 121-126, Sexta Parte; Pág. 220

Precedentes

Queja 22/79. Enrique Ramírez García. 20 de junio de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Enrique F. Campos Fritz. Nota: En el Informe de 1979, la tesis aparece bajo el rubro "SUSPENSION. NO REQUIEREN PREVIO ANUNCIO. LAS PRUEBAS A RENDIR EN EL INCIDENTE DE.".
Registro digital (IUS): 252058