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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
252135
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 28

ARRENDAMIENTO, AVISO PREVIO A LA TERMINACION DEL CONTRATO DE. ES RENUNCIABLE EL PLAZO DE DOS MESES DE ANTICIPACION SEÑALADO EN EL ARTICULO 2478 DEL CODIGO CIVIL.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 28

Precedentes

Amparo directo 109/78. Rosa María Vineigra Argüelles. 16 de noviembre de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Fernández Doblado. Nota: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "AVISO PREVIO A LA TERMINACION DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. ES RENUNCIABLE EL PLAZO DE DOS MESES DE ANTICIPACION, SEÑALADO EN EL ARTICULO 2478 DEL CODIGO CIVIL.".
Registro digital (IUS): 252135