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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252164
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 46
COPARTICIPACION EN EL HOMICIDIO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 46
Si de las constancias de autos aparece que la quejosa llegó al lugar de los hechos en los precisos instantes en que su coacusado golpeaba al sujeto pasivo con un palo en la parte posterior de la cabeza causándole la muerte, y en lugar de auxiliar a la víctima, prestó su ayuda al autor material para trasladar el cuerpo del lugar del suceso hasta un río, en cuyas aguas lo arrojaron, su conducta le es reprochable en grado de coparticipación, en términos de la fracción IV del artículo 10 del Código Penal del Estado de Tabasco y el auto de formal prisión que así lo consideró no resulta violatorio de garantías.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 286/78. Rita Sánchez Córdova. 22 de agosto de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: Andrés Zárate Sánchez. Secretaria: Leticia Camacho Arias.