Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/252181
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
252181
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 58

DOMESTICOS. CASO EN QUE LOS TRABAJADORES DEBEN SER CONSIDERADOS COMO TALES.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 58

Precedentes

Amparo directo 334/78. Amelia López Benítez. 25 de septiembre de 1978. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretario: Guillermo Hindman Pozos. Nota: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "TRABAJADORES DOMESTICOS. CUANDO DEBEN SER CONSIDERADOS COMO TALES.".
Registro digital (IUS): 252181