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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252189
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 63
EXPLOTACION FORESTAL. SOBRESEIMIENTO POR HABER FENECIDO EL TERMINO DE UNA AUTORIZACION.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 63
Si durante la tramitación del juicio de amparo concluye el término de la autorización para la explotación de madera plagada, otorgada a los quejosos, aun subsistiendo el acto reclamado consistente en el impedimento para seguir explotando esos bosques, la sentencia que llegare a dictarse en cuanto al fondo, aun cuando fuere favorable a los mismos, no podría retrotraerse en sus efectos a la fecha en que se extinguió la autorización otorgada por la responsable; actualizándose, en consecuencia, la causal de improcedencia prevista por el artículo 73, fracción XVII, de la Ley de Amparo.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 104/78. Dionisio del Sagrado Corazón de Jesús Arreola Rodríguez y coagraviados. 21 de agosto de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Murillo Delgado. Secretario: Aureliano Pulido Cervantes.
Nota: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "SOBRESEIMIENTO POR HABER FENECIDO EL TERMINO DE UNA AUTORIZACION FORESTAL DE EXPLOTACION.".