Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/252211
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252211
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 83
INCIDENTE DE SUSPENSION. DOCUMENTOS. SU VALOR PROBATORIO, CUANDO SE OFRECEN EN UN DIVERSO JUICIO CONSTITUCIONAL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 83
Aunque una copia fotostática de la credencial de un delegado político del Distrito Federal, se encuentre certificada por el secretario de Acuerdos de un Juzgado de lo Civil, sin embargo, dicho documento no produce por sí solo efecto legal alguno si tal probanza es conexa de una diversa documental consistente en el dictamen pericial caligráfico, el cual conste en copia fotostática que si bien obre en los autos del cuaderno incidental en que se actué, sin embargo, la misma se refiera a un diverso juicio de amparo y no al en que se actúa, por lo que la misma como se apunta, no puede producir efectos jurídicos en el mismo, por haber ofrecido para un diverso juicio constitucional, a más de que dicha constancia carezca de certificación.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 599/78. Francisco Alonso Salceda. 24 de julio de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Hugo G. Lara Hernández.