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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252219
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 90
INTERES JURIDICO EN EL AMPARO. NO LO TIENE EL TITULAR DE PERMISOS O CONCESIONES QUE NO SE ENCUENTRAN VIGENTES.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 90
Si de los permisos o concesiones exhibidos por el agraviado ante el Juez del conocimiento, se aprecia que no se encontraban vigentes en el momento en que se ejercitó la acción constitucional que dio origen al juicio de amparo, debe considerarse que los actos reclamados derivados de los derechos que emanan de la titularidad y validez de éstos, no afectan el interés jurídico del agraviado, puesto que al no encontrarse vigentes los permisos o concesiones exhibidos, carecen de validez legal, ya que han dejado de existir jurídicamente.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 790/78. Rosa Donis Castillo viuda de García y Pedro García Donis. 8 de septiembre de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Pedro Esteban Penagos López.