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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252249
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 119
PATENTES. PRORROGA PARA CUMPLIR REQUISITOS DE FORMA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 119
El artículo 19 de la Ley de Invenciones y Marcas permite otorgar un plazo de treinta días para cumplir los requisitos de forma faltantes en la solicitud inicial, pero al mismo tiempo la letra del precepto dice que esto será "por una sola vez". Consecuentemente, carece de fundamento legal la pretensión de que ese plazo para cumplir requisitos de forma se amplié por segunda vez, ya que el artículo 32 de la ley citada se refiere a otra situación.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 308/78. Liquichimica Robassomero S.P.A. y otro. 3 de agosto de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Castro Reyes. Secretaria: Catalina Pérez Bárcenas.