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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
252254
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 121

PERSONALIDAD. EL RECONOCIMIENTO DE ELLA POR LAS JUNTAS DEBE SER EXPRESO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 121

Precedentes

Amparo directo 255/77. Inmobiliaria Mercantil Netzahualcóyotl, S.A. 26 de octubre de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Mota Aguirre. Secretario: José Manuel Tapia Acebrás. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 5/93 resuelta por la Cuarta Sala, de la que derivó la tesis 4a./J. 42/93, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Octava Epoca, número 71, página 22, con el rubro: "PERSONALIDAD, EN MATERIA LABORAL PUEDE SER EXPRESO O TACITO EL RECONOCIMIENTO DE LA."
Registro digital (IUS): 252254