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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
252290
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 145

REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO, SENTENCIA EN APELACION QUE ORDENA LA. NO TIENE CARACTER DE DEFINITIVA. AMPARO INDIRECTO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 145

Precedentes

Amparo directo 219/78. Leonel Mora López. 14 de agosto de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio Magaña Cárdenas. Secretario: Francisco Patiño Pérez. Notas: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "AMPARO INDIRECTO. SENTENCIA EN APELACION QUE REPONE PROCEDIMIENTO.". Por ejecutoria de fecha 23 de noviembre de 2005, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 156/2005-PS en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 252290