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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252306
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 161
SOCIEDAD LEGAL EN JALISCO. CONYUGE DEL DEMANDADO. SU INTERES JURIDICO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 161
Existe la presunción legal de que todos los bienes adquiridos bajo régimen matrimonial presunto, forman parte de la sociedad legal y, por lo tanto, la quejosa, como cónyuge del demandado en el juicio del que derivan los actos reclamados, y como miembro de su sociedad legal, resulta afectada directamente en sus intereses jurídicos.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 206/78. María García Jiménez de Rivas. 25 de agosto de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: J. Guadalupe Torres Morales. Secretario: José Montes Quintero.