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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
252311
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 164

SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO, NO ES OBLIGATORIO PEDIR EN LA DEMANDA DE AMPARO LA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 164

Precedentes

Amparo en revisión 311/78. Carlos González Novoa. 16 de agosto de 1978. Mayoría de votos. Disidente: Renato Sales Gasque. Ponente: Abelardo Vázquez Cruz.
Registro digital (IUS): 252311