Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/252320
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
252320
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 171

TESTIGOS EN EL AMPARO, AMPLIACION NO PERMITIDA DEL INTERROGATORIO A.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 115-120, Sexta Parte; Pág. 171

Precedentes

Queja 35/78. Jorge A. Rubio Villaseñor. 6 de julio de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Castro Reyes. Secretario: José Javier Morales Martínez. Notas: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "AMPARO. AMPLIACION DEL INTERROGATORIO A TESTIGOS.". Por ejecutoria de fecha 20 de septiembre de 2000, la Primera Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 80/2000 en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 252320