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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252355
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 20
ADULTERIO, PENA MINIMA APLICABLE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 20
Si bien el artículo 294 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí dispone que a los culpables del delito de adulterio se les aplicará prisión hasta de dos años, no precisando el mínimo a imponer; y el artículo 38 del mismo ordenamiento establece que la pena de prisión comprende de dieciocho meses un día a veinticinco años, ello no debe interpretarse en el sentido de que el adulterio siempre se castigará con pena de prisión, y la mínima a imponer será de dieciocho meses un día; pues debe entenderse que la intención del legislador al fijar la sanción rígida, fue que ésta fuera el máximo, y no que siempre a los responsables de un adulterio se les castigara con pena de prisión, ya que ello sería contrario al espíritu del propio Código Penal, que además de la pena de prisión prevé la de arresto en el artículo 31, misma que también es privativa de la libertad, existiendo como diferencia entre ambas penas, únicamente que para el efecto decida el Ejecutivo del Estado, y la de arresto, en establecimiento distinto del destinado para la prisión. Luego, en el caso, el juzgador puede moverse entre ese máximo de dos años, y el mínimo de tres días.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 230/78. Nicolás Pérez Zavala y María Dolores Loredo Mata. 25 de mayo de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Chan Vargas. Secretario: Gerardo Rafael Castillo Marroquín.
Nota: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "ADULTERIO, PENA MINIMA APLICABLE AL.".