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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
252381
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 36

AUTORIDADES EJECUTORAS DIVERSAS. SU SEÑALAMIENTO NO IMPIDE LA IMPROCEDENCIA DE UN SEGUNDO AMPARO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 36

Precedentes

Amparo en revisión 43/77. Alfonso Sánchez Gil. 9 de enero de 1978. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretario: Jorge Martínez Aragón.
Registro digital (IUS): 252381