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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
252422
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 73

EBRIEDAD, DELITOS COMETIDOS POR IMPRUDENCIA EN ESTADO DE. PRECEPTO LEGAL APLICABLE (LEGISLACION DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES).

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 73

Precedentes

Amparo en revisión 180/78. Pedro Vargas Becerra. 27 de abril de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: Pedro Elías Soto Lara. Nota: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "IMPRUDENCIA, DELITOS COMETIDOS POR, EN ESTADO DE EBRIEDAD. PRECEPTO LEGAL APLICABLE (LEGISLACION DE AGUASCALIENTES.".
Registro digital (IUS): 252422