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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252425
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 75
ENDOSATARIO EN PROCURACION. NO NECESITA TITULO DE LICENCIADO EN DERECHO PARA COMPARECER EN JUICIOS MERCANTILES.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 75
Ni la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, ni el Código de Comercio o el Civil, exigen que el endosatario tenga título de licenciado en derecho para que intervenga en juicios mercantiles. Así pues, puede comparecer en ellos sin llenar ese requisito, dado que el endoso en procuración no se rige por las disposiciones pertinentes del Código Civil en materia de mandatos.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 38/78. Louis Boissonneault. 19 de enero de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: Martín Antonio Ríos.