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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252493
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 141
NOTIFICACION DE UN LAUDO. SU ATAQUE EN AMPARO DIRECTO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 141
Es inatendible el concepto de violación que ataca la notificación de un laudo, formulado en demanda de amparo directo contra ese laudo, porque tal actuación no puede ser materia de estudio en amparo uniinstancial, según los términos del artículo 158 de la ley reglamentaria del juicio de amparo.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 652/77. Kepler de Monclova, S. A. 13 de enero de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Villegas Vázquez.