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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252504
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 151
PARTICIPACION DE UTILIDADES A LOS TRABAJADORES. INGRESOS NO ACUMULABLES.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 151
No existe disposición expresa en la que se determine que la renta gravable base del reparto de utilidades a los trabajadores de las empresas, comprenda ingresos que no son acumulables (como en la especie los dividendos percibidos por la empresa quejosa, en términos del artículo 19, fracción V, de la Ley del Impuesto sobre la Renta), o bien, ingresos que son acumulables optativamente, para los efectos de la determinación del ingreso global gravable de las empresas.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 48/78. Compañía Minera de Cananea, S.A. 15 de junio de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Gómez Díaz. Secretario: Salvador Flores Carmona.