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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252506
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 152
PARTICIPACION DE UTILIDADES A LOS TRABAJADORES. MODIFICACION IMPROCEDENTE DEL INGRESO GRAVABLE PARA ESE UNICO EFECTO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 152
No existe precepto legal o reglamento alguno en el que se establezca que el ingreso gravable de los causantes del impuesto al ingreso global de las empresas, sea modificado únicamente para efectos de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, cuando se trate de efectuar repartos adicionales; específicamente, para que el subdirector de Participación de Utilidades, en la resolución administrativa impugnada, haya modificado la utilidad base para el cálculo del reparto de utilidades (primera resolución), y el ingreso gravable base del mismo reparto (segunda resolución), correspondientes a la empresa agraviada, por el ejercicio fiscal relativo al año de 1974, sin que dicha recurrente hubiera formulado liquidación por conceptos de impuestos omitidos.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 48/78. Compañía Minera de Cananea, S.A. 15 de junio de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Gómez Díaz. Secretario: Salvador Flores Carmona.