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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252557
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 191
SALARIOS CAIDOS. CASO EN QUE CESA LA OBLIGACION DE PAGARLOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 191
Si en el juicio se demanda la reinstalación y el pago de salarios caídos, y el patrón se allana desde luego a la primera pretensión de pagar salarios caídos cesa desde la fecha del ofrecimiento, aunque la reinstalación no se efectúe, si es que el trabajador que la aceptó fue el que motivó que no se verificara al no presentarse el día y hora que se señaló para que se llevara a cabo, de lo que se entiende que fue el propio trabajador el que se rehusó volver al trabajo.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1248/77. Reysi, S.A. 24 de enero de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Mota Aguirre. Secretario: Alfonso Hernández Suárez.