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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
📌 Nota del SJF sobre vigencia
Nota: Por ejecutoria del 1 de diciembre de 2010, la Primera Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 233/2010, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que existe imposibilidad material para conocer el contenido de la ejecutoria que dio origen a una de las tesis respectivas.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252591
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 217
TESTIGOS. NO PROCEDE SU CITACION POR MEDIO DE EDICTOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 217
No procede citar a los testigos por medio de edictos, por no estar comprendido el caso en lo dispuesto por el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, pues si bien este precepto indica la forma de citar a juicio a alguna persona que haya desaparecido, no tenga domicilio fijo o se ignore donde se encuentre, debe entenderse que se refiere a personas que sean parte en un juicio o tengan interés en él, ya que el mismo artículo, en otro de sus párrafos, determina que, "si, pasado ese término, no comparece por sí, por apoderado o por gestor que pueda representarla, se seguirá el juicio en rebeldía ...".
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Queja 2/78. Alberto Pedraza Bolio. 30 de marzo de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Gómez Díaz. Secretario: Juan Solórzano Zavala.
Nota: Por ejecutoria del 1 de diciembre de 2010, la Primera Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 233/2010, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que existe imposibilidad material para conocer el contenido de la ejecutoria que dio origen a una de las tesis respectivas.