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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252594
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 220
TIMBRE. ARRENDAMIENTO QUE AUTORIZA OBRAS DE ADAPTACION CAUSA EL IMPUESTO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 220
Como el artículo 4o., fracción II, inciso E) subincisos b) 2), de la Ley del Timbre, sólo establece excepción en la causación del impuesto respectivo cuando se trata de obras de mera conservación, si en el contrato en cuestión se autorizan obras de adaptación, no se está en el caso de excepción, puesto que tratándose de una disposición de carácter fiscal, debe aplicarse en forma estricta.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 59/78. Contraloría y Promoción de Empresas, S. A. 13 de abril de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Liévana Palma. Secretario: José Raymundo Ruiz Villalbazo.
Nota: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "TIMBRE IMPUESTO DEL. LO CAUSA EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE AUTORIZA OBRAS DE ADAPTACION.".