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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 7 de marzo de 2003, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 174/2002 en que participó el presente criterio.

Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
252605
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 229

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[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 229

Precedentes

Amparo directo 21/78. Los Vascos, S.A. 5 de abril de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Nota: Por ejecutoria de fecha 7 de marzo de 2003, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 174/2002 en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 252605