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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252610
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 238
AGRAVIOS EN LA REVISION CUANDO HAY VARIAS AUTORIDADES RESPONSABLES.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 238
Si la revisión hecha valer por una de las autoridades responsables fue desechada y otra manifiesta que hace suyos los agravios expresados por la primera, teniendo en cuenta que la revisión interpuesta por ésta no fue admitida, debe estimarse que en realidad la otra no formuló agravios y por lo mismo debe desecharse la revisión.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 843/77. Societé Anonyme Chanel. 8 de diciembre de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Liévana Palma. Secretario: José Raymundo Ruiz Villalbazo.
Nota: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "REVISION, AGRAVIOS EN LA, CUANDO HAY VARIAS AUTORIDADES RESPONSABLES.".