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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
252621
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 305

RECLAMACION EN EL JUICIO FISCAL, COMPUTO DEL TERMINO DEL RECURSO DE. DISCREPANCIA ENTRE LA MANIFESTACION DEL RECURRENTE Y LAS CONSTANCIAS DE AUTOS RESPECTO DE LA FECHA DE NOTIFICACION DE LA RESOLUCION RECURRIDA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 305

Precedentes

Amparo en revisión 876/77. Beatríz Ramírez de De la Fuente. 8 de diciembre de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Liévana Palma. Secretario: Enrique Ramón García Vasco. Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 82, página 80 Reclamación 533/75. Jesús Estrada Camacho. 16 de octubre de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Liévana Palma. Secretario: Ricardo Flores Martínez.
Registro digital (IUS): 252621