Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/252629
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
252629
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 321

MILITARES PROCESADOS, BAJA INDEBIDA DE.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 321

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 50, página 43. Amparo en revisión 704/72. Félix Castillo Navarrete. 7 de febrero de 1973. Unanimidad de votos. Ponente:Guillermo Guzmán Orozco. Volúmenes 109-114, página 295. Amparo en revisión 447/74. Javier Aguilar Flores. 15 de octubre de 1974. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 109-114, página 295. Amparo en revisión 371/77. Pedro Moreno Rivero. 28 de junio de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 109-114, página 295. Amparo en revisión 407/77. Edgar Morales Salvador. 12 de julio de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 109-114, página 134. Amparo en revisión 897/77. Rutilio González Rojas. 23 de febrero de 1978. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: La presente tesis no fue reiterada como vigente, según los acuerdos a que llegó la Comisión Coordinadora encargada de los trabajos para la publicación del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, 1917-1995.
Registro digital (IUS): 252629