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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252637
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 14
ABUSO DE CONFIANZA, INEXISTENCIA DEL DELITO DE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 14
Para la tipificación del delito de abuso de confianza, es necesario que al agente activo se le transmita la tenencia y no el dominio de las mercancías objeto del ilícito, lo que no acontece cuando el inculpado, por diversas circunstancias, las tiene a su alcance, en su carácter de almacenista o jefe del departamento de refacciones de la empresa ofendida, porque obviamente sus actos en relación con los objetos no eran autónomos, por estar sujeto a las instrucciones, vigilancia y dirección del gerente general encargado de la negociación, máxime que las refacciones no fueron vendidas al precio original, sino que el quejoso se apoderó de ellas, haciéndolas suyas, para venderlas fuera del establecimiento comercial en los domicilios de los compradores, sin notas y a menor precio, obrando en consecuencia con ánimo de dueño.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 453/76. Joaquín Cruz Hernández. 18 de noviembre de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretario: José Isabel Hernández Díaz.
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volumen 91-96, página 10. Amparo en revisión 453/76. Joaquín Cruz Hernández. 18 de noviembre de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira.