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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252639
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 16
ACTO RECLAMADO, CERTEZA DEL. LICENCIAS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 16
Si la autoridad responsable admite en su informe justificado haber recibido la solicitud de licencia y aduce que la solicitud no satisface los requisitos reglamentarios, se está ya decidiendo sobre la negativa de la misma, por lo que debe tenerse por cierto el acto reclamado que se hizo consistir en tal negativa.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 690/77. Thorsa Inmobiliaria, S.A. 8 de septiembre de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Liévana Palma. Secretario: Enrique Ramón García Vasco.
Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "ACTO RECLAMADO, CERTEZA DEL.".