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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252641
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 16
ACTO RECLAMADO, CONSENTIMIENTO EXPRESO O TACITO DEL, NO EXISTENTES. LICENCIAS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 16
No existe consentimiento expreso ni tácito para los efectos del juicio de garantías, en lo que respecta al acto reclamado consistente en la cancelación de la licencia de funcionamiento del negocio, por la circunstancia de que, encontrándose cerrado este, la quejosa solicite y se le autorice que lo abra para la presentación de un espectáculo, si nada dice sobre dicha cancelación, ya que del silencio que haya guardado la peticionaria en cuanto a la cancelación no puede inferirse, como lo pretende la recurrente, que existió uno u otro consentimiento, tanto más si la cancelación fue recurrida en tiempo en la vía legal.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 193/77. Terraza Cassino, S.A. 22 de julio de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Liévana Palma. Secretario: Enrique Ramón García Vasco.
Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "ACTO RECLAMADO,CUANDO NO EXISTE CONSENTIMIENTO EXPRESO O TACITO DEL.".