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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252646
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 19
ACTO RECLAMADO. SU CONOCIMIENTO A TRAVES DE SU IMPUGNACION EN AMPARO QUE SE SOBRESEE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 19
Si bien las sentencias de sobreseimiento dejan las cosas tal y como se encontraban antes de la interposición de la demanda de garantías, ello sólo hace referencia a la constitucionalidad del acto reclamado, esto es, que el Juez Federal omite hacer declaración alguna en relación con la constitucionalidad del acto reclamado, y que por ello la autoridad responsable queda facultada para obrar conforme a sus legales atribuciones, pero ello no implica el desconocimiento del hecho real de haberse enterado del mismo acto reclamado el promovente del amparo.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 459/77. Arturo Domínguez Beltrán. 30 de septiembre de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Villegas Vázquez.