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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252669
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 33
APELACION EN MATERIA MERCANTIL, AUTO QUE DESECHA UNA. CONTRA EL SOLO PROCEDE EL JUICIO DE AMPARO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 33
El auto que desecha una apelación en materia mercantil, no es recurrible, por no admitir la revocación prevista por el artículo 1334 del Código de Comercio, mismo que, por otra parte, no establece recurso o medio de defensa alguno, dentro del procedimiento, por virtud del cual ese auto pudiera ser modificado, revocado o nulificado, sin que en materia de recursos pueda acudirse a la ley supletoria, supuesto que el citado código contiene un sistema cerrado de recursos normativos de toda contienda mercantil. En tales condiciones, el único medio de defensa contra semejante resolución, es el juicio de amparo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 502/77. Banco Comercial Mexicano, S.A., hoy Multibanco Comermex, S.A. 26 de agosto de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Martín Antonio Ríos.
Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "AUTO QUE DESECHA UNA APELACION EN MATERIA MERCANTIL. CONTRA EL SOLO PROCEDE EL JUICIO DE AMPARO.".