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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
252670
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 34

APELACION EN MATERIA MERCANTIL, EL TRIBUNAL DE ALZADA NO ESTA FACULTADO PARA RECIBIR PRUEBAS DURANTE EL TRAMITE DE LA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 34

Precedentes

Amparo directo 696/77. Esperanza Irizar de la Vega. 25 de agosto de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Martín Antonio Ríos.
Registro digital (IUS): 252670