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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
252679
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 39

AUDITORIA FISCAL FEDERAL, DIRECCION GENERAL DE. LIMITE DE SUS FACULTADES (ARTICULO 4o. DE SU REGLAMENTO).

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 39

Precedentes

Amparo en revisión 567/77. José María Guardia López y coagraviados. 29 de septiembre de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Abelardo Vázquez Cruz. Secretaria: Raquel Ramírez Sandoval. Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "DIRECCION GENERAL DE AUDITORIA FISCAL FEDERAL. LIMITE DE SUS FACULTADES (ARTICULO 4o. DE SU REGLAMENTO).".
Registro digital (IUS): 252679