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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 252685
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 43
AVISOS DE BAJA QUE LOS PATRONES PRESENTAN AL SEGURO SOCIAL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 43
Para apreciar los avisos de baja que los patrones presentan al Seguro Social, que constituyen una confesión escrita por parte de los patrones, deben tomarse en cuenta en aquellos aspectos en que los perjudican y atendiendo en cada caso, a los términos de la litis, como sucede si el demandado se excepcionó en el sentido de que jamás había despedido a la actora y en el informe del aviso de baja que rindió al Instituto Mexicano del Seguro Social, señaló como causa de la baja la de rescisión del contrato de trabajo, cuatro días después de la fecha en que la actora se dijo despedida.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 695/77. Ronti de México, S.A. 30 de septiembre de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Mota Aguirre. Secretaria: María Edith Cervantes de Calleja.