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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
252710
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 69

CONTESTACION DE LA DEMANDA EN EL JUICIO DE NULIDAD FISCAL. DEBE ACORDARLA EXPRESAMENTE EL MAGISTRADO INSTRUCTOR.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 69

Precedentes

Amparo en revisión 704/77. Sergio René Mena Palacios. 3 de noviembre de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Renato Sales Gasque. Secretaria: Magdalena Córdoba Rojas.
Registro digital (IUS): 252710