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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
252719
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 75

DAÑO EN PROPIEDAD AJENA POR IMPRUDENCIA. QUERELLA DE LA PARTE OFENDIDA COMO REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD AUNQUE EL DELITO SE COMETA AL MANEJAR EN ESTADO DE EBRIEDAD (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 75

Precedentes

Amparo directo 38/77. Gilberto Chandoni Nigenda. 4 de agosto de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Díaz Infante Aranda. Secretaria: Juana Paredes Zaldívar.
Registro digital (IUS): 252719