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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
252730
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 83

DESVANECIMIENTO DE DATOS, LA RESOLUCION QUE DECLARA INFUNDADO EL INCIDENTE DE, NO CAMBIA LA SITUACION JURIDICA RESPECTO AL AUTO DE FORMAL PRISION.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 103-108, Sexta Parte; Pág. 83

Precedentes

Amparo en revisión 327/77. Sergio Antonio Flores González. 30 septiembre de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: Pedro Elías Soto Lara.
Registro digital (IUS): 252730